Desde septiembre circula una frase que tranquiliza a muchas empresas: “la ley de datos se postergó hasta 2027, así que hay tiempo de sobra”. Es media verdad. Y la mitad que falta te puede salir cara.
Lo que existe es un proyecto de ley, no una ley. El Gobierno quiere postergar la entrada en vigencia de la Ley 21.719 de datos personales, pero mientras el Congreso no lo apruebe, la fecha que manda sigue siendo la misma: 1 de diciembre de 2026. Acá te explicamos qué se presentó, qué cambiaría y por qué no conviene soltar el acelerador.
Lo que pasó en septiembre
A fines de agosto de 2026 el Ejecutivo ingresó al Senado un proyecto de ley, el boletín 18.623-07, que modifica la Ley 21.719. Entró con suma urgencia, la etiqueta que usa el Gobierno para pedirle al Congreso que lo despache rápido.
La propuesta central es simple: correr la entrada en vigencia un año, del 1 de diciembre de 2026 al 1 de diciembre de 2027.
El argumento oficial es de implementación. La ley crea un organismo nuevo, la Agencia de Protección de Datos Personales, que tiene que estar operativa, con su consejo nombrado y sus reglamentos listos, antes de empezar a fiscalizar. Y armar esa institucionalidad desde cero está tomando más tiempo del previsto.
Qué cambiaría el proyecto (si se aprueba)
Más allá de la fecha, el proyecto trae tres ajustes:
- Un año más de plazo. La obligación de cumplir se movería a diciembre de 2027.
- Una Agencia más grande. El Consejo Directivo de la Agencia pasaría de tres a cinco integrantes, y se adelantaría su designación para que empiece a funcionar antes.
- Un primer año más blando. Durante los primeros 12 meses de vigencia, la Agencia solo podría cursar amonestaciones escritas, a empresas de cualquier tamaño, en lugar de multas. Una especie de período de aterrizaje antes de que entren las sanciones económicas.
Ese último punto es importante y se presta a confusión, así que conviene leerlo bien: no es una amnistía ni un permiso para no cumplir. La ley igual rige; lo que cambia es que, el primer año, el incumplimiento se castiga con una advertencia formal antes que con plata.
Por qué “proyecto” no es lo mismo que “ley”
Acá está el punto que más se malinterpreta. Un proyecto ingresado al Congreso no cambia nada todavía. Es una intención del Gobierno que tiene que recorrer todo el trámite legislativo: comisiones, votaciones en ambas cámaras y, al final, promulgación y publicación.
A fines de septiembre de 2026, el boletín 18.623-07 estaba en primer trámite constitucional, en la Comisión de Constitución del Senado, con suma urgencia pero sin votaciones registradas. Es decir: recién empezando.
La regla es clara: mientras no se publique una ley que la modifique, la Ley 21.719 entra en vigencia el 1 de diciembre de 2026. Un proyecto en tramitación no corre la fecha. La corre una ley publicada en el Diario Oficial, y eso todavía no ocurre.
Qué significa para tu empresa
La tentación es obvia: si quizás se posterga, ¿para qué apurarse? Tres razones para no caer en eso.
La prórroga aún no existe. Apostar a que el proyecto se apruebe es apostar a algo que el Senado todavía no vota. Puede salir, puede demorarse o puede cambiar en el camino. Construir tu planificación sobre un supuesto que no está firme es un riesgo que no controlas.
Adecuarse toma meses, no días. Cumplir la ley no es firmar un documento: es mapear qué datos tienes, ordenar dónde los guardas, revisar contratos con proveedores, ajustar formularios y cerrar los huecos de seguridad. Ese trabajo lleva meses de esfuerzo real. Si frenas ahora y la prórroga no sale, llegas a diciembre sin margen.
Aunque se postergue, el trabajo es el mismo. La ley no se va a derogar, solo correría de fecha. Todo lo que hagas hoy sigue sirviendo en 2027. No es esfuerzo perdido: es ventaja ganada.
En una frase: trata la fecha como si fuera diciembre de 2026. Si la prórroga llega, tendrás un año extra para pulir. Si no llega, estarás listo.
Qué hacer ahora
El plan no cambia porque haya un proyecto de postergación dando vueltas. Si todavía no arrancaste, estos son los primeros pasos:
- Empieza por el inventario de datos. Qué recolectas, dónde lo guardas, quién tiene acceso y por cuánto tiempo. Es la base de todo lo demás. El cómo cumplir la Ley 21.719 paso a paso lo desarrolla en siete fases.
- Mide dónde estás hoy. Puedes auditar tu nivel de preparación con el checklist de cumplimiento descargable.
- Revisa la seguridad de tu sitio. La seguridad técnica es parte de la obligación legal: proteger los datos que ya tienes. Si además te toca la Ley 21.663 de ciberseguridad, una brecha puede gatillar obligaciones ante dos organismos distintos a la vez.
Seguiremos de cerca la tramitación del boletín. Si el proyecto avanza o se aprueba, actualizaremos este artículo con la nueva fecha.
Este artículo es material informativo y no constituye asesoría legal. El estado de tramitación del proyecto puede cambiar; las fechas y el contenido reflejan la información disponible a la fecha de publicación. Para tu caso específico, conviene revisar la situación con un especialista. ¿Quieres saber en qué estado está hoy la seguridad de tu sitio? FreeScan, nuestro diagnóstico gratuito, revisa tu web gratis y sin registro.